1. Los elementos constitutivos de la posesión diabólica
Dos
elementos constituyen la posesión, explica Tanquerey[1]: la presencia
del demonio en el cuerpo del poseso, y el imperio que ejerce sobre el
cuerpo, y, por medio de éste, en el alma. No está el demonio unido con
el cuerpo como unida con el cuerpo está el alma; con respecto al alma
no es sino un motor externo, y, si obra en ella, es por medio del
cuerpo en el que habita. Puede obrar directamente en los miembros del
cuerpo, y hacerlo ejecutar toda clase de movimientos; indirectamente
obra en las potencias, en cuanto éstas dependen del cuerpo para sus
operaciones.
Pueden
distinguirse en lo posesos dos estados diferentes; el de la crisis y
el de la calma. La crisis es a manera de acceso violento, en el que el
demonio manifiesta su imperio tiránico produciendo en el cuerpo una
agitación febril que se manifiesta en contorsiones, en grito de rabia,
en palabras impías y blasfemias. Los pacientes pierden entonces, al
parecer, todo conocimiento de lo que pasa en ellos, que dijeron o
hicieron, o mejor, de lo que hizo el demonio por medio de ellos.
Solamente en el comienzo sienten la irrupción del demonio; luego
parecen perder la conciencia. Esta regla, sin embargo, tiene sus
excepciones.
En
los intervalos de sosiego no hay por dónde se pueda descubrir la
presencia del espíritu maligno; diríase que se fue. Mas a veces, sin
embargo, manifiéstase su presencia, por una especie de enfermedad
crónica que desconcierta todos los remedios de la ciencia médica.
A
menudo ocurre ser muchos los demonios que poseen a una sola persona;
lo cual demuestra cuán poca posesión pueden. De ordinario la posesión
no se verifica sino en los pecadores; pero hay excepciones.
2. Las señales de la posesión
Como
hay enfermedades nerviosas y monomanías o casos de enajenación mental,
que se asemejan, en sus manifestaciones a la posesión diabólica,
importa mucho indicar las señales por las que podemos distinguirla de
dichos fenómenos morbosos.
Según el Ritual Romano, tres son las señales principales para conocer la posesión diabólica:
a) El hablar lenguas no sabidas.
Para comprobarlo bien, es menester estudiar a fondo el sujeto; ver si,
en tiempos pasados, tuvo ocasión de aprender algunas palabras de
dichas lenguas; si, en vez de articular algunas frases sueltas
aprendidas de memoria, habla y entiende una lengua que en verdad no
conocía.
b) La revelación de cosas ocultas, sin medio natural que lo explique.
También en esto es menester una profunda investigación; cuando se
tratare de cosas lejanas, será menester estar seguros de que no puede
saberlas el sujeto por ningún medio natural; cuando de cosas futuras,
hay que esperar que se cumplan para ver si suceden exactamente como se
había anunciado y si son bastante determinadas de manera que no dejen
lugar al equívoco. Luego de comprobado el hecho a conciencia, aún queda
por ver si ese conocimiento preternatural procede del bueno o del mal
espíritu, según las reglas para la discreción de espíritus; y de un
espíritu maligno presente a la sazón en el poseso.
c) El uso de fuerzas notablemente superiores a las naturales del sujeto,
habida cuenta con su edad, su adiestramiento, su estado morboso, etc.;
realmente hay casos de sobreexcitación, en los que se duplican las
energías. El fenómeno de la elevación en el aire, cuando se ha
comprobado enteramente, es preternatural; hay casos en los que,
teniendo en cuenta las circunstancias, no se puede atribuir a Dios ni a
sus ángeles, se ha de tener por señal de intervención diabólica.
A
estas señales pueden añadirse las que se deducen de los efectos
causados por el empleo de los exorcismos o de las cosas sagradas,
especialmente de las que se aplican a escondidas de los que se piensan
que están posesos. Ocurre, por ejemplo, que cuando se les aplica alguna
cosa santa, o se recitan por ellos las preces litúrgicas, les
acometen crisis de indecible furor, y blasfeman horriblemente. Mas esta
señal no es cierta sino cuando se hace todo eso sin saberlo el
paciente; si se dan cuenta de ello, pudiera ser que se enfurecieran, ya
por el horror que les causa todo lo que a la religión se refiere, ya
por fingimiento.
No se ha de admitir, pues, de buenas a primeras la posesión, y nunca seremos harto prudentes antes de resolver.
3. Diferencia entre la posesión y los trastornos nerviosos
Las
experiencias hechas con personas atacadas de enfermedades nerviosas
han demostrado haber cierta analogía entre sus estado morbosos y los
gestos de los posesos. No hay para maravillarse de esto: el demonio
puede producir ora enfermedades nerviosas, ora fenómenos exteriores
análogos a los de los nerviosos. Ésta es una razón más para ser muy
cauto en el juicio acerca de lo casos que se dicen de posesión.
Mas
estas analogías son únicamente en los gestos exteriores, que, de suyo,
no bastan para probar la posesión. Jamás se supo de neurótico alguno
que hablara lenguas no sabidas, que revelara los secretos del corazón, o
que vaticinara el porvenir con precisión y certeza. Éstas son, según
dijimos, las señales verdaderas de la posesión; cuando faltaren todas
ellas, puede juzgarse que no hay sino una sencilla neurosis. Cuando
alguna vez se equivocaron los exorcistas, fue por apartarse de las
reglas que señala el Ritual. Para evitar engaños, conviene que examinen
el caso, no solamente sacerdotes, sino también médicos católicos.
4. Remedios contra la posesión
Los
remedios son, en general, cuantos pueden debilitar la acción del
demonio en el hombre, purificar el alma y fortalecer la voluntad contra
las acometidas diabólicas; de modo especial los exorcismos.
1) Remedios generales
a) Uno de los más eficaces es la purificación del alma por medio de una buena confesión,
sobre todo de una confesión general, que moviéndonos a humildad y
santificándonos, hace huir el espíritu soberbio e impuro. El Ritual
aconseja añadir a esto el ayuno, la oración y la sagrada comunión.
Cuanto más límpios de alma y mortificados estemos, tanto menos tendrá
en nosotros parte el demonio; y la sagrada comunión pone dentro de
nosotros al que venció a Satanás. Sin embargo, la sagrada comunión no
ha de recibirse sino en los momentos de calma.
b) Los sacramentales y los objetos benditos
tienen también mucha eficacia. Por razón de las oraciones que ha
recitado la Iglesia al bendecirlos. Santa Teresa tenía especial
confianza en el agua bendita, y bien fundada, porque la Iglesia le da
la virtud de ahuyentar el demonio. Pero se ha de usar de ella con
espíritu de fe, humildad y confianza.
c) El crucifijo, la señal de la cruz.
Y sobre todo, las reliquias auténticas de la vera cruz son espantables
para el demonio que fue vencido por la cruz: “et qui ligno vincebat,
in ligno quoque vinceretur”. Por la misma razón teme mucho el espíritu
maligno la invocación del santo nombre de Jesús, que, según la promesa del Señor, tiene maravilloso poder para poner en fuga el demonio.
2) Los exorcismos
El
Catecismo de la Iglesia Católica afirma sobre el exorcismo: «Cuando la
Iglesia pide públicamente y con autoridad, en nombre de Jesucristo,
que una persona o un objeto sea protegido contra las asechanzas del
maligno y sustraída a su dominio, se habla de exorcismo. Jesús lo
practicó (Mc 1,25ss), de Él tiene la Iglesia el poder y el oficio de
exorcizar (Cf. Mc 3,15; 6,7.13; 16,17).
En
forma simple, el exorcismo tiene lugar en la celebración del Bautismo.
El exorcismo solemne sólo puede ser practicado por un sacerdote y con
el permiso del obispo. En estos casos es preciso proceder con
prudencia, observando estrictamente las reglas establecidas por la
Iglesia. El exorcismo intenta expulsar a los demonios o liberar del
dominio demoníaco gracias a la autoridad espiritual que Jesús ha
confiado a su Iglesia. Muy distinto es el caso de las enfermedades,
sobre todo psíquicas, cuyo cuidado pertenece a la ciencia médica. Por
tanto, es importante asegurarse, antes de celebrar el exorcismo, de que
se trata de una presencia del Maligno y no de una enfermedad»
(Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1673).
Por
su parte el Código de Derecho Canónico establece: «Sin licencia
peculiar y expresa del Ordinario del lugar, nadie puede realizar
legítimamente exorcismos sobre los posesos. El ordinario del lugar
concederá esta licencia solamente a un presbítero piadoso, docto,
prudente y con integridad de vida» (Código de Derecho Canónico, 1172).
¿Es posible que el demonio posea a una persona contra su voluntad y libertad?
Ciertamente que puede suceder.
Se
dan los dos casos: aquel en el que un pecador ofrece su persona al
diablo (y como resultado se da un caso de posesión diabólica) y aquel
en el que el demonio entra contra la voluntad del poseso. En este
segundo caso, a su vez, puede ocurrir que la persona posesa haya
merecido la posesión como castigo de sus pecados (suele a veces darse
como consecuencia de jugar con cosas de superstición), o bien que sea
una permisión divina para más santificar a una persona.
Conocido
es el caso, en el siglo XIX del Padre Surin, poseído por el demonio
mientras él mismo realizaba una serie de exorcismos; sus memorias, al
respecto, han sido muy valiosas para mostrar cómo el demonio no tiene
ninguna influencia sobre la voluntad del poseso, a menos que éste
consienta sus tentaciones; su acción directa se limita a la esfera de
lo corporal.
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